Este sábado 3 de octubre el Servicio Electoral (Servel) publicó el listado de Vocales de Mesa y Miembros de Colegios Escrutadores designados por las juntas electorales para el Plebiscito del 25 de octubre.

Además, se dieron a conocer los locales y mesas de votación designados por el Servel para los votantes.

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Del 5 al 7 de octubre habrá plazo para que los vocales de mesas y miembros del colegio escrutador puedan presentar sus excusas y solicitar exclusiones en sus respectivas Juntas Electorales (Ver AQUÍ)

¿CUÁLES SON LAS CAUSALES DE EXCUSA PARA EL DESEMPEÑO COMO VOCAL DE MESA?

-Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kms. o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral.

-Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.

-Tener más de 60 años.

-Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

-Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

-Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio dentro de las 6 semanas previas al parto y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que deberá acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.


- Las excusas se deben presentar ante el Secretario de la Junta Electoral que lo designó Vocal de Mesa, invocando alguna de las causales de inhabilidad contempladas en los Art. 45 y 49 de la Ley N° 18.700.

Conjuntamente a la excusa, deben presentarse los documentos que acrediten estas causales, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la designación.

Tras el periodo de excusas, el 10 de octubre se publicará la nómina de vocales reemplazantes, quienes no podrán excusarse.

Más información en www.plebiscitonacional2020.cl