Quienes se encuentre a más de 200 km de su local de votación deberán realizar una constancia ante Carabineros de Chile para, posteriormente, poder excusarse con este documento ante los Juzgados de Policía Local.
De esta forma, se informó que la constancia en Carabineros será válida para todo elector que no pueda acudir a las urnas producto de encontrarse a más de 200 km de su local de votación. La constancia podrá realizarse, primero a través de Comisaría Virtual con clave única, esta le arrojará el formulario que le pedirá sus datos y finalmente le dará un código, con el cual el elector deberá trasladarse al cuartel más próximo y será atendido por un funcionario de Carabineros que validará dicho código, recibiendo posteriormente la constancia en formato digital.
Para aquellas personas que quieran obtener el código físicamente, deberán ir a la unidad policial más cercana identificándose con su carnet o pasaporte, obteniendo una copia de la constancia. Sin embargo, el General Juan Muñoz, Jefe de la Plana Mayor Especial Elecciones aclaró que “el llamado como institución es que obviamente, independiente que las personas quieran hacerlo desde el punto físico, utilicen también esta herramienta digital que va a permitir minimizar los tiempos y dar mayor celeridad al trámite”.
Tras la instancia, el presidente del Servel, Andrés Tagle expuso que “se le ha puesto una nueva obligación a Carabineros, que es la constancia. En todas las comisarías, subcomisarías y retenes a lo largo del país los electores pueden ir a dejar una constancia. Aunque esta sólo es válida para el caso de aquellas personas que se encuentren a más de 200 km de su local de votación. La única constancia que se va a recibir a través de los cuarteles de Carabineros es esa, ninguna otra”.
El período para realizar las constancias será a partir de las 00.00 horas del domingo 7 de mayo hasta las 00.00 horas del lunes 8 de este mes. Además, las autoridades informaron que la Comisaría Virtual estará habilitada más temprano para que las personas puedan ingresar la clave única y luego durante la tarde puedan dirigirse al cuartel más cercano para excusarse.
Para quienes que no puedan votar, ya sea por enfermedad, estar fuera del país u otras razones, deberán justificarse ante el juez de policía local competente cuando la persona sea citada.
Cabe recordar que quienes no asistan a sufragar este domingo se arriesgan a una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, una sanción que puede ir de $31.537 hasta los $189.222 pesos.
El domingo 7 de mayo se realizará la Elección del Consejo Constitucional y los ciudadanos de O´Higgins deberán elegir a los encargados de representar a la región en la discusión y aprobación de una propuesta de texto de nueva Constitución.
Votar es obligatorio y estos son los candidadatos, solo debes votar por una alternativa:.
Los candidatos al Consejo Constitucional por la región de O´Higgins son:
A. PARTIDO DE LA GENTE
A1. Carol Aros Seguel, 58 años, (Partido de la Gente)
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A2. Luis Felipe Lorenzini Clavel, 63 años, (Partido de la Gente)
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A3. Susan Evelyn Gómez Pardo, 46 años, (Partido de la Gente)
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A4. Carlos Sebastian Guerra Morales, 35 años, (Partido de la Gente)
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B. TODO POR CHILE
B5. Marcia Isabel Barrera Cisternas (DC), 48 años
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B6. Bernardo Francisco Zapata Abarca (DC), 66 años
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B7. Mónica Latorre Roldan (Ind-Radical), 55 años
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B8.Pedro Andres Marchant Villanueva (Partido Radical), 74 años
C. PARTIDO REPUBLICANO DE CHILE
C9.Elisa Amelia Salas López, 46 años, (Partido Republicano)
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C10.Sebastián Alberto Figueroa Melo, (Partido Republicano), 39 años
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C11.Patricia Besa Tagle, (Partido Republicano), 50 años
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C12.Gabriel Domínguez Valdés, (Partido Republicano), 32 años
Un llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores y trabajadoras del comercio durante el próximo lunes 1 de mayo hizo este viernes la Dirección del Trabajo (DT).
En todos los casos, el feriado comienza a las 21.00 horas del día anterior al festivo y termina a las 06:00 de la mañana del día posterior, salvo los turnos rotativos, para los que rigen otros horarios.
La autoridad recordó que las multas en este caso son consideradas gravísimas "y pueden superar el millón 200 mil pesos", enfatizando que "los empleadores deben tener presente que no respetar el feriado es una infracción sancionada con multas aplicadas por cada trabajador sorprendido en infracción. Vamos a estar fiscalizando en terreno y con dos canales de denuncia porque nos interesa que este feriado obligatorio e irrenunciable se respete y que los trabajadores y trabajadoras puedan disfrutarlo".
Esta vez la DT fiscalizará dos materias: el feriado como tal y el descanso de los trabajadores del comercio que cumplieron turnos para el mismo empleador el 1 de mayo de 2022. Esto último, en virtud de una norma vigente desde mayo de 2016 que permite este reposo alternado bianual para los dependientes del comercio exceptuados del feriado.
Si durante las fiscalizaciones -que se realizarán en respuesta a denuncia, y también fruto de recorridos en terreno o por conocimiento a través de medios locales o regionales- se detecta trabajadores laborando, se deberá suspender sus turnos y cursar la multa correspondiente a sus empleadores.
Las denuncias serán recibidas durante el lunes 1 de mayo:
· En el Canal de Atención Telefónico (600 450 4000), hasta las 15:00 horas.
· En el sitio web institucional (www.dt.gob.cl), desde las 00:00 hasta las 15:00 horas.
SANCIONES
En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($315.370 al mes de mayo de 2023) hasta 20 UTM ($1.261.480 al mes de mayo de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).
· De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
· De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
· 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.
· De 200 y más trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.
Los trabajadores en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.
En caso de no otorgar el descanso alternado a los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del año anterior, las multas van desde las 5 UTM ($315.370 al mes de mayo de 2023) hasta 20 UTM ($1.261.480 al mes de mayo de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).
· De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
· De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
· De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.
· De 200 y más trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.
NORMAS
El feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo impone que el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del domingo 30 de abril y hasta las 06:00 horas del martes 2 de mayo, salvo que los dependientes laboren en turnos rotativos, caso en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del día 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del día 2 de mayo cuando el respectivo turno incida en dichos períodos.
Son favorecidos los trabajadores del comercio cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al público y también quienes cumplen labores íntimamente ligadas con esa función, como cajeros y empaquetadores. No gozan de este beneficio quienes cumplen otras funciones no directamente ligadas con la venta. Por ejemplo: tareas administrativas, de bodegaje, reposición y transporte de mercadería, vigilancia de seguridad.
Se exceptúan del feriado irrenunciable los trabajadores del comercio de clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret), locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También deben trabajar los dependientes de las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.
Todos estos trabajadores sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, según la ley 20.918. En virtud de ella, los trabajadores pueden pactar con su empleador la rotación del personal necesaria para este fin. Es decir, si un trabajador laboró el 1 de mayo del 2022 y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar.
Por ello, y poniéndose en el caso de cada uno de los otros cuatro feriados obligatorios e irrenunciables, el director del Trabajo llamó a los empleadores a precaver infracciones a este descanso bianual alternado, organizando sus turnos con antelación, suscribiendo el respectivo pacto.
"Por ejemplo, si tomamos este 1 de mayo como base, el empleador de un restaurante debería atender esta vez con un grupo de sus trabajadores, reservando a otro grupo para que atienda el 1 de mayo del 2024. Ello, porque los que atiendan ahora descansarán el próximo 1 de mayo", dijo la autoridad fiscalizadora.
Asimismo, la autoridad recordó que "es importante señalar que los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir porque no existe relación laboral en este caso".
Desde el 1 de mayo al 31 de agosto se desarrollará la GEC en las 17 comunas que componen el valle central de O´Higgins, con medidas diferenciadas aplicadas en episodio de Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental, para regular el uso residencial de artefactos a leña, las actividades deportivas en establecimientos educacionales y actividades organizadas por el Instituto Nacional del Deporte (IND) y el funcionamiento de fuentes fijas.
El Delegado presidencial Fabio López, junto a la Seremi del Medio Ambiente Giovanna Amaya y los Seremis de Salud, Dra. Carolina Torres, Energía, Claudio Martínez, Deportes, Macarena Chandía, Educación, Alyson Hadid y la jefa regional de la Superintendencia del Medio Ambiente, Karina Olivares, lanzaron hoy la Gestión de Episodios Críticos (GEC) 2023, la cual forma parte del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 del Valle Central de O´Higgins y que contiene medidas especiales aplicadas durante los meses de otoño e invierno para prevenir la exposición de la población a altos índices de contaminación del aire.
Con la aplicación del nuevo PDA por MP 2,5 la GEC sufrió modificaciones tanto en su periodo de implementación, ya que desde este año se extenderá desde el 1 de mayo al 31 de agosto, como en la diferenciación de sus medidas aplicadas en Alerta, Preemergencia y Emergencia Ambiental.
”Hoy nos hemos convocado como cada año, todas las instituciones del estado que tienen un rol fiscalizador y también las seremías, para lanzar la Gestión de Episodios Críticos que este año tiene varias modificaciones, comenzando por el inicio, ya que este año partimos en mayo y va a ser la primera vez que vamos a estar bajo la nueva norma del nuevo Plan de Descontaminación por MP 2,5. Va a haber más fiscalización y se va a aplicar la fiscalización hacia distintos rubros”, señaló el Delegado Presidencial de la región de O´Higgins, Fabio López.
Por su parte, la Seremi del Medio Ambiente de la región de O´Higgins, Giovanna Amaya, agregó que “la Gestión de Episodios Críticos es una medida que está dentro del Plan de Descontaminación Atmosférica por MP 2,5 y que este año tiene medidas completamente diferenciadas por episodio. Llamamos a la ciudadanía a informase sobre las prohibiciones que contemplan las medidas, sabemos que la leña contribuye en más del 50% de material particulado en el valle central y hoy día nuestra necesidad es descontaminar nuestro aire, porque precisamente en los meses de invierno se concentran la mayor cantidad de atenciones de enfermedades respiratorias en los recintos de salud”.
Las medidas establecidas en la GEC rigen sólo en situación de Episodio, es decir, al declararse alerta, pre-emergencia o emergencia ambiental, para las 17 comunas de la zona saturada de la Región de O´Higgins: Rancagua, Graneros, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.
Las medidas de la GEC
Las medidas de la GEC se aplican en episodio de Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental, para regular el uso residencial de artefactos a leña, actividades deportivas en establecimientos educacionales y organizadas por el Instituto Nacional del Deporte (IND) y funcionamiento de fuentes fijas como hornos y calderas.
Nivel pronosticado
Medidas
Alerta
Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña. Solo podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC. La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada.
La SEREMI del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes señalan que la medida en caso de alerta será la realización de actividad Física de intensidad Moderada, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.
Prohibición del funcionamiento de calderas a leña o carbón, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m³N
Preemergencia
Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña. Solo podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC.
La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada.
La SEREMI del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes, señalan que la medida en caso de Preemergencia será la realización de actividad Física de intensidad Ligera, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.
Se deberán suspender actividades deportivas masivas al aire libre. Se entenderá por actividad masiva aquella en que participen realizando una actividad física más de 100 personas.
Prohibición del funcionamiento de calderas que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m3N.
Emergencia
• Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña. Solo podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC.• La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada.• La SEREMI del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes, señalan que la medida en caso de Emergencia ambiental será la realización de actividad Física de intensidad Ligera en lugares cerrados (actividades intramuros), evitando esfuerzos físicos prolongados. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.• Se deberán suspender actividades deportivas masivas al aire libre. Se entenderá por actividad masiva aquella en que participen realizando una actividad física más de 100 personas.• Prohibición del funcionamiento de calderas que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m3N.• Prohibición del funcionamiento de hornos, excepto hornos panificadores, con una potencia térmica mayor a 75 kWt que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m3N.
Este año, habrá un fuerte énfasis en la fiscalización para verificar el cumplimiento de las medidas contempladas en la Gestión de Episodios Críticos, en ese sentido, la fiscalización en episodio al uso de calefactores a leña en los hogares le corresponde a la Seremi de Salud O´Higgins, quienes han habilitado el fono +56989036974 para denunciar a quienes enciendan calefactores a leña con o sin certificación en día de episodio ambiental.
En la línea de fiscalización, la Superintendencia del Medio Ambiente es el organismo encargado de fiscalizar las panaderías y la venta de leña durante todo el año, labores que se intensificarán durante la GEC a fin de resguardar el cumplimiento de la normativa ambiental.
Es importante señalar que el pronóstico de calidad del aire será publicado diariamente, a partir del 30 de abril, en redes sociales de la Seremi del Medio Ambiente O´Higgins y en el sitio airechile.mma.gob.cl
Los estudiantes de Contabilidad General, supervisados por un docente, estarán asesorando a personas naturales y microempresas que se acerquen a Santo Tomás en Rancagua este sábado 29 de abril.
Quedan pocos días para culminar el proceso de la declaración de renta 2023, y los estudiantes de la carrera Contabilidad General del Centro de Formación Técnica Santo Tomás estarán prestando asesoría gratuita a los contribuyentes, ya sean personas naturales o microempresas.
La actividad se realizará este sábado 29 de abril entre las 10:00 y las 13:00 hrs. en la casa de estudios. Se puede acceder por calle O’Carrol N°63 o por calle Germán Riesco N°44 en Rancagua, donde estará disponible una sala con computadores para resolver todas las dudas en el momento.
Los estudiantes estarán supervisados por el docente Vasco Baeza, contador auditor con experiencia en el rubro tributario y asesor contable de empresas.