Este jueves 21 de octubre comienza la postulación al Subsidio Clase Media DS.1, que permite a familias que no son dueñas de una vivienda y que tienen capacidad de ahorro, acceder a un beneficio económico del Estado, a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), para comprar una casa nueva o usada, o construir en sitio propio.
La postulación será 100% online en www.minvu.cl y se podrá realizar a través de tres vías:
• Propuesta de postulación automática: para quienes no hayan resultado seleccionados en el primer llamado nacional 2021. Esta alternativa estará operativa desde el 21 octubre y hasta las 18:00 hrs. del 29 de octubre.
• Plataforma de “Postulación en Línea”: para personas con Clave Única e interesadas en postular en la modalidad de adquisición de vivienda, en la alternativa individual, y que no requieran acreditar ninguna situación especial. Esta alternativa estará disponible desde el 22 de octubre y hasta las 18:00 hrs. del 29 de octubre.
• Solicitud de postulación vía Formulario de Atención Ciudadana: Esta alternativa estará disponible desde el 25 octubre y hasta las 18:00 hrs. del 29 de octubre en la página web www.minvu.cl , adjuntando los documentos requeridos.
Al respecto, el Seremi de Vivienda y Urbanismo en O’Higgins, Francisco Ravanal, sostuvo que “hoy en día, el Subsidio DS.1 es un beneficio muy solicitado por las familias de nuestra región, ya que te permite, por ejemplo, comprar una vivienda nueva o usada de hasta 1.110, 1.600 o 2.200 unidades de fomento (UF) -de acuerdo al tramo al que se postule- con un ahorro mínimo exigido que va desde las 30 a 80 UF -de acuerdo al Registro Social de Hogares del postulante-. Es un beneficio que te permite completar el valor de la vivienda con ahorros propios o con un crédito hipotecario y acceder a proyectos habitacionales de Integración Social y Territorial, que cuentan con altos estándares de calidad y que están bien ubicados, cercanos a servicios. Como dato, en el primer llamado a postulación de este año, más de 400 familias fueron beneficiadas con este subsidio, lo que nos pone muy contentos”.
Cabe destacar que, para postular a este segundo llamado, el ahorro exigido debía estar depositado en la cuenta de ahorro para la vivienda (con una antigüedad mínima de 12 meses), antes de las 14:00 horas del 30 de septiembre pasado.
La nueva normativa busca agilizar los trámites y actuaciones ante el organismo fiscalizador del trabajo.
Hace algunos días entró en vigencia la Ley de Modernización de la Dirección del Trabajo, (Ley 21.327), normativa que busca dotar a la Dirección del Trabajo de las herramientas adecuadas para enfrentar la realidad del mundo del trabajo actual que ha experimentado cambios sustanciales en los últimos años.
La ley se dirige a la modernización de la Dirección del Trabajo a través de incorporación de tecnología a sus procesos, digitalizando trámites y gestiones para mejorar su eficiencia y la calidad de vida de sus funcionarios y usuarios, transformándose en un servicio más cercano, que otorgue certeza jurídica a todos los actores sociales, con un alto estándar técnico legal.
Para ello, impulsa nuevas formas de fiscalización, a fin de proteger de mejor manera los derechos de los trabajadores, y refuerza las instancias de conciliación y mediación para fomentar el diálogo social y la construcción de acuerdos.Respecto de esta iniciativa de modernización de la DT, la Seremi del Trabajo y Previsión Social de la región de O’Higgins, Pamela Medina Schulz, comentó: “Esta ley que acaba de entrar a regir, adecúa el funcionamiento de la Dirección del Trabajo, y su relación con trabajadores y empleadores, a tiempos en que la tecnología y los medios digitales de tramitación de actuaciones han cobrado especial relevancia. De esta manera, este organismo fiscalizador de las relaciones laborales, se transforma en una instancia digital para las trabajadoras y los trabajadores, los sindicatos y los empleadores. Así, el servicio se moderniza para hacer más y mejores fiscalizaciones y permitir que los usuarios ahorren tiempo y recursos realizando con la Clave Única sus trámites a través del sitio web www.direcciondeltrabajo.cl, en su portal “Mi DT”, sin la necesidad de concurrir presencialmente a las inspecciones, destaco además la creación de la unidad de atención a MIPYMES, que facilitará el acceso a información relevante para estas empresas que son el principal motor de la economía nacional”.
REGISTRO ELECTRÓNICO OBLIGATORIO
Entre las principales disposiciones de la nueva ley, destaca aquella que ordena al empleador registrar en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo los contratos de trabajo, dentro de los 15 días siguientes a su celebración.
De igual forma, debe registrar las terminaciones de contrato, dentro de los plazos establecidos en los artículos 162 (3 días hábiles) y 163 bis (6 días hábiles) para el envío de las copias de las comunicaciones de terminación de contrato a la Inspección del Trabajo, y dentro de los diez días hábiles siguientes a la separación del trabajador en los casos de término por mutuo acuerdo, renuncia o fallecimiento del trabajador.
Adicionalmente, al momento de registrar el contrato de trabajo debe indicar las estipulaciones pactadas y, a su vez, al término de los servicios debe informar la fecha de éste y la causal invocada.
En el caso de los contratos celebrados con anterioridad al comienzo de la entrada en efecto de la ley, el empleador tendrá el plazo de un año, contado desde la publicación de la ley en el Diario Oficial (hasta el 30 de abril de 2022), para cumplir con el deber de registro, siempre que a la fecha del efectuarlo el contrato siga vigente.
Además, se les exige mantener registrado en la plataforma web de la Dirección, un correo electrónico, el cual se considerará vigente para todos los efectos legales.
FISCALIZACIÓN
Para cumplir con su rol fiscalizador, la Dirección del Trabajo puede acceder a toda la documentación obligatoria laboral y de seguridad social de los empleadores que conste en su sitio web.
A su vez, deberá disponer de un sistema electrónico para la tramitación y seguimiento de las denuncias, procesos de fiscalización, solicitudes de pronunciamiento y consultas que tengan los usuarios respecto de trámites o procesos en curso de los cuales sean parte.
El proceso de fiscalización debe observar los principios de responsabilidad, gratuidad, eficiencia, eficacia, coordinación, impugnabilidad de los actos administrativos, control, probidad administrativa, transparencia y publicidad.
APOYO A LAS MIPYMES
Para dar apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas, la nueva ley ordena la creación al interior de la Dirección del Trabajo de una Unidad de Atención a las MIPYMES, cuyo objetivo es servir de ventanilla única para las consultas de tales empresas y orientarlas en el cumplimiento oportuno e íntegro de la normativa laboral.
El Ministerio de Salud publicó el calendario de vacunación para la semana del 12 al 15 de octubre, el cual incluye dosis de refuerzo para aquellos que se vacunaron con un esquema distinto a Sinovac.
DOSIS DE REFUERZO
MAYORES DE 55 AÑOS:
Martes a Jueves:
-Dosis de refuerzo a personas mayores de 55 años que hayan recibido Cansino o Janssen o su segunda dosis de la vacuna de Sinovac, Pfizer, AstraZeneca, Generium, Moderna o Sinopharm hasta el 6 de junio.
MENORES DE 55 AÑOS:
-Dosis de refuerzo a personas menores de 55 años que hayan recibido Cansino o Janssen o su segunda dosis de la vacuna de Sinovac, Pfizer, AstraZeneca, Generium, Moderna o Sinopharm hasta el 21 de marzo.
MENORES DE 55 AÑOS:
-Dosis de refuerzo a personas menores de 55 años que hayan recibido su segunda dosis de la vacuna Sinovac hasta el 23 de mayo.
VACUNACIÓN ESCOLAR
Durante esta semana se seguirá vacunando con la primera dosis a niños y niñas de 6 a 11 años .
VACUNACIÓN GENERAL
Martes a Viernes:
Primera dosis para personas de 12 años o más.
Segunda dosis a población vacunada con Sinovac, AstraZeneca y Pfizer, con al menos 28 días desde la primera dosis.
Vacunación a mujeres embarazadas a partir de las 16 semanas de edad gestacional
Este lunes se anunciaron nuevas modificaciones al Plan Paso a Paso, las cuales comienzan a a regir a partir 1 de octubre.
Además se informó que no se renovará el estado de excepción por lo que el Toque de Queda terminará este viernes.
Las principales actualizaciones son:
Se mantiene la estructura principal del Paso a Paso de 5 pasos entre los que se avanza y retrocede, de acuerdo a la situación sanitaria de cada territorio. Estos son:
Restricción
Transición
Preparación
Apertura Inicial
Apertura Avanzada
Principales cambios en aforos y en la operación de actividades. En todos los pasos se podrá realizar cualquier tipo de actividad, pero con aforos y condiciones más o menos restrictivas dependiendo de la condición sanitaria del lugar. De esta manera, se apunta a reducir las aglomeraciones, sobre todo en espacios cerrados, y se norma de acuerdo al tamaño (m2) u otras características del lugar.
El Pase de Movilidad mantendrá su vigencia e importancia para mayores libertades. El estar vacunado seguirá permitiendo la diferenciación de aforos en reuniones particulares y espacios públicos. Desde el 1 de noviembre, se exigirá Pase de Movilidad para los mayores de 12 años y habrá restricciones en transporte público interurbano como buses y aviones.
Mantención y reforzamiento de medidas de autocuidado. Se mantienen las exigencias de uso de mascarilla y distancia física entre personas, y se reforzará el llamado a mantener las medidas de autocuidado como el lavado de manos, la ventilación de espacios y la responsabilidad individual de testearnos y aislarnos oportunamente ante la presencia de síntomas o sospecha de contagio.
Desde el 1 de octubre, el requisito de portar el pasaporte sanitario C19 será solo para viajes interregionales en medios de transporte públicos (avión, bus o tren), donde será exigido y revisado por el operador. Desde el 1 de noviembre, se eliminará el C19 y sólo se revisará el Pase de Movilidad.
Se incorpora una modificación a las actividades con público que no interactúa y que tiene infraestructura fija (butacas o bancas), es decir, un aforo máximo definido con antelación.