Revisa si fuiste elegido: Publican lista final de Vocales de Mesa para el plebiscito

Revisa si fuiste elegido: Publican lista final de Vocales de Mesa para el plebiscito

Desde este 20 de agosto es posible conocer si se fue designado por las Juntas Electorales como vocal en reemplazo de aquellas personas cuyas excusas fueron acogidas.

Cumplido el plazo, el 18 de agosto, para que los vocales designados presentaran sus excusas, las Juntas Electorales nombraron a sus reemplazantes.

Cada elector puede revisar sus datos en la página web de Servel, sección Consulta de Datos, o ingresando directamente www.consulta.servel.cl

Quienes fueron designados vocales reemplazantes en esta última instancia no podrán excusarse. La ley indica que, si no pueden cumplir con la obligación de vocal de mesa, deberán justificar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sean notificados posterior a la elección, con los documentos que acrediten su situación.

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones incurren en una infracción electoral, que puede ser sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, artículo 151 de la Ley Nº 18.700 (de $ 117.544 a $ 470.176 aproximadamente)

Comienza periodo de postulación para la Admisión Escolar 2023: Estos son los pasos para realizar el proceso

Comienza periodo de postulación para la Admisión Escolar 2023: Estos son los pasos para realizar el proceso

Hoy comienza el periodo de postulación para la Admisión Escolar para el año académico 2023, proceso que debe realizarse a través de la plataforma web www.sistemadeadmisionescolar.cl y que estará disponible hasta el miércoles 7 de septiembre.

El ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, visitó el principal centro de atención presencial de la Región Metropolitana, Centro Cultural Estación Mapocho, para dar inicio a este proceso. “Hacemos un llamado a las familias que participarán de este proceso a que se informen sobre las características y proyectos educativos de los establecimientos de su zona, puedan ver las distintas alternativas a las que pueden postular y también a que realicen este proceso dentro de los plazos establecidos. Como Ministerio de Educación hemos dispuesto y dispondremos de toda la información necesaria para guiar y acompañar a las familias en este importante proceso, en todas sus etapas, junto con el despliegue territorial de nuestros equipos en el país’’, señaló el ministro Ávila. 

Este sistema único de admisión, que permite postular a todos los establecimientos que reciben financiamiento del Estado, tiene el objetivo de eliminar las barreras de entrada a la educación y a los diversos proyectos educativos que ofrecen las escuelas, colegios y liceos que son financiados con recursos estatales.

El proceso de postulación se puede hacer 100% en línea a través del sitio web www.sistemadeadmisionescolar.cl. De todas formas, el Ministerio de Educación dispondrá puntos de atención presencial a lo largo de todo el país, para atender a las personas que necesiten ayuda u orientación. Estos puntos se encuentran publicados en el mismo sitio. 

También en www.sistemadeadmisionescolar.cl las familias encontrarán información relevante para definir su postulación, como el Proyecto Educativo y Reglamento Interno de los establecimientos, su ubicación, si tienen copago o son gratuitos, las actividades extraprogramáticas que desarrollan, la cantidad de vacantes, entre otras. 

La postulación se puede realizar hasta el 7 de septiembre. Postular antes o después no influye en la asignación de vacantes, pues todos quienes postulen dentro del plazo tendrán las mismas oportunidades. 

En el caso de las familias extranjeras, podría requerirse algún trámite previo antes de postular, como obtener identificación provisoria para el apoderado/a o estudiante. Todos estos trámites se pueden hacer en línea en www.ayudamineduc.cl/tramites-en-linea

Los resultados de esta etapa se conocerán entre el 24 y el 28 de octubre.

¿Quiénes deben postular?

Deben postular las y los estudiantes que ingresen por primera vez a un establecimiento público o particular subvencionado, quienes quieran cambiarse de establecimiento o se encuentren actualmente en un establecimiento que no tiene continuidad en el siguiente nivel, y quienes quieran reingresar al sistema escolar.

¿Quiénes NO deben postular al proceso de Admisión Escolar 2023?

Quienes no desean cambiarse de establecimiento, quienes quieren ingresar a un jardín Junji, Integra, escuelas de párvulos, a una escuela de Educación Especial o un establecimiento que imparta Educación de Adultos, y quienes quieran ingresar a un establecimiento particular pagado.

¿Cuáles son los pasos para postular al proceso de Admisión Escolar 2023?

  1. Contar con RUN chileno, o en el caso de familias extranjeras, contar con el Identificador Provisorio Escolar (IPE) y/o el Identificador Provisorio del Apoderado (IPA), según corresponda.
  2. Entrar a la página web www.sistemadeadmisionescolar.cl e ingresar con las credenciales de usuario. En caso de no estar registrado, antes de postular deberá ingresar a ‘’REGISTRARME’’ y completar toda la información solicitada. Sólo podrán registrarse y realizar la postulación las personas con relación consanguínea con el estudiante o no consanguínea, pero que tengan la tutoría legal.
  3. Luego de ingresar a la plataforma web con las credenciales de usuario, el apoderado puede buscar información acerca de los establecimientos educacionales de interés para su(s) hijo(a)(s), agregarlos en su listado y ordenarlos de acuerdo a su preferencia.
  4. Como último paso, se envía la postulación y se descarga el comprobante. Al finalizar, hay que cerrar la sesión. El comprobante será enviado al correo electrónico registrado. 

Puntos de atención presencial

El Ministerio de Educación habilitó diferentes puntos en el país como también las Secretarías Regionales Ministeriales y Direcciones Provinciales de cada región, para aquellos apoderados que no tengan computador o internet o necesiten resolver dudas. 

También los apoderados pueden acercarse a cualquier oficina de Ayuda Mineduc o comunicarse al teléfono 600 600 2626.

Para concurrir a los puntos de atención, se deberá tener lo siguiente:

  • Cédulas de identidad vigentes del o la apoderada y del postulante (estudiante).
  • Las personas extranjeras que no cuenten con RUN chileno (el apoderado y/o el alumno) deberán ir a alguna oficina de Ayuda Mineduc para que los habiliten como usuario.
Revisa aquí si eres beneficiario del Bono de $120 mil que comenzó a pagarse este 5 de agosto

Revisa aquí si eres beneficiario del Bono de $120 mil que comenzó a pagarse este 5 de agosto

Este viernes 5 de agosto comenzaron los pagos del beneficio de $120.000, denominado "Bono Chile Apoya de Invierno".

El Bono Chile Apoya de Invierno es un beneficio no postulable, que busca ayudar a compensar los efectos de la inflación y el costo de la vida que afectan a las familias vulnerables, y que será entregado a las familias y personas que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N°21.47

¿DÓNDE PUEDO REVISAR SI RECIBIRÉ EL BONO?

Ingresa aqui https://consulta.bonoinviernochileapoya.cl/Invierno-Consulta/?utm_source=web&utm_medium=web_bonoinviernochileapoya_cl&utm_campaign=bono_invierno&utm_id=bono_invierno&utm_content=landing

¿Cuándo comienza el pago del Bono?

El 5 de agosto comienza el pago para el primer grupo y el 22 de agosto para el segundo grupo. En las mismas fechas se puede consultar si le corresponde el bono, o sea, si usted está en el primer grupo puede consultar desde el 5 de agosto y si se encuentra en el Grupo 2 puede consultar desde el 22 de agosto.

Grupo 1Subsidio Familiar, Asignación Familiar y Maternal, Bono de Invierno, Subsidio de Discapacidad, Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) y Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).A contar del 5 de agosto
Grupo 2Familias usuarias del subsistema "Seguridades y Oportunidades" con integrantes que cumplan con los requisitos legales y hogares del 60% en el Registro Social de Hogares al 1 de agosto con integrantes que cumplan los requisitos legales.A contar del 22 de agosto

¿Se debe postular al Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno?

No es necesario inscribirse ni postular para recibir este beneficio. El Estado determina automáticamente quienes cumplen con los requisitos.

Si la persona cree cumplir con los requisitos y no aparece en www.bonoinviernochileapoya.cl, ¿dónde puede reclamar?

Si la persona cree cumplir con los requisitos establecidos por la ley, pero no aparece con derecho, puede realizar un reclamo ingresando su RUN (cédula de identidad) en www.bonoinviernochileapoya.cl, a partir del 22 de agosto.

Bono $120 mil: Consultas y primeros pagos comenzarán el 5 de Agosto

Bono $120 mil: Consultas y primeros pagos comenzarán el 5 de Agosto

- El Instituto de Previsión Social, IPS, ya tiene preparado el inicio de los pagos del Bono Chile Apoya de Invierno desde el 5 de agosto para un primer grupo de más de 4 millones y medio de personas.  

- A partir de esa fecha, estos beneficiarios podrán consultar en www.bonoinviernochileapoya.cl o en www.chileatiende.cl su lugar y fecha de pago. 

A partir del 5 de agosto, el Instituto de Previsión Social, IPS, iniciará los pagos a un primer grupo de beneficiarias y beneficiarios del Bono Chile Apoya de Invierno, aprobado hace pocos días a través de la Ley N° 21.474. De esta manera, se adelantarán en varios días los primeros pagos, inicialmente previstos para el 16 de agosto. 

El bono corresponde a $120.000 por persona beneficiada, y no es necesario postular, dado que el Estado generará las nóminas de personas que cumplen los requisitos. 

“Nuestros equipos del IPS han realizado un intenso trabajo para procesar las nóminas masivas de pago, a muy pocos días de publicada la Ley de este beneficio, lo que nos permitirá adelantar al 5 de agosto el pago al primer grupo de más de 4 millones y medio de personas que comenzarán a recibir este beneficio”, explicó la directora del IPS O’Higgins, Tatiana Ramírez. 

Las primeras personas beneficiadas podrán conocer su lugar y fecha de pago desde el 5 de agosto a través del sitio web www.bonoinviernochileapoya.cl o en www.chileatiende.cl.  

“También nos ocuparemos de depositar el pago a cerca del 80 % de los beneficiarios en sus cuentas RUT, porque nos interesa que este beneficio llegue fácilmente a las personas que lo necesitan”, agregó la directora regional IPS. 

De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Hacienda, este bono extraordinario, al que no se necesita postular, irá en beneficio de un total de 7 millones y medio de personas una vez concluidos los dos procesos de pagos masivos. 

¿Quiénes tienen derecho al Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno? 

El Bono se entregará en beneficio de las siguientes personas: 

1.   Causantes del Subsidio Familiar y de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021, cuyos beneficiarios recibieron el respectivo pago de la asignación a esa fecha. 

2.    Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022. 

3.   Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban ese aporte en el mes de julio de 2022. 

4.   Personas beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental (Ley N° 20.255, art. 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron ese aporte en julio de 2022. 

5.    Familias usuarias del subsistema "Seguridades y Oportunidades" (Ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (Ley N° 20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas en situación con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años. 

6. Hogares pertenecientes al 60 % más vulnerable en el Registro Social de Hogares, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (Ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años. 

¿Quiénes son las primeras personas que comenzarán a recibir el Bono desde el 5 de agosto? 

El primer grupo por pagarse desde el día 5 de agosto en adelante corresponde a más de 4 millones y medio de bonos para los siguientes grupos: 

- Causantes de Asignación Familiar, Maternal o Subsidio Familiar (SUF), que tenían ese beneficio vigente al 31 de diciembre de 2021.

- Personas que recibieron el Bono de Invierno 2022.

- Personas con Aporte Previsional Solidario de Invalidez o Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022.

- Beneficiarios y beneficiarias de Subsidio por Discapacidad Mental (SDM) al 30 de junio de 2022.

¿Cuándo recibirán el beneficio las demás personas con derecho? 

La segunda nómina de pagos -correspondiente a familias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades y a hogares del 60 % más vulnerable- se preparará con la información que entregará el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de acuerdo con la actualización del Registro Social de Hogares. Esa segunda fecha de pago -durante el mes de agosto- se informará oportunamente una vez realizadas las actualizaciones del Registro. 

¿Es necesario postular? 

No. Este beneficio se concederá automáticamente a las personas que cumplan alguna de las condiciones que señala la ley para recibirlo. 

Comienza periodo de postulación para la Admisión Escolar 2023: Estos son los pasos para realizar el proceso

Admisión Escolar 2023: Ya se encuentra disponible la plataforma para que apoderados puedan registrarse con anticipación e informarse de los colegios

establecimientos educacionales

El próximo miércoles 10 de agosto comienza el proceso de postulación para la Admisión Escolar para el año 2023, que será a través de la plataforma web www.sistemadeadmisionescolar.cl y estará disponible hasta el miércoles 7 de septiembre. Deberán postular a este proceso quienes el próximo año ingresen por primera vez a un establecimiento público o particular subvencionado, quienes quieran cambiarse de establecimiento o se encuentren en un establecimiento que no tiene continuidad en el siguiente nivel, y quienes quieran reingresar al sistema escolar.

Desde el 19 de julio ya está disponible la opción para que los apoderados con RUN chileno se registren de forma anticipada en la plataforma y puedan acceder a la información acerca de los establecimientos educacionales de su preferencia para sus hijos(as). 

En el caso de las familias extranjeras sin RUN chileno, deben previamente realizar la solicitud del Identificador Provisorio Escolar (IPE) para el estudiante y/o el Identificador Provisorio del Apoderado (IPA), según corresponda, en la página web www.ayudamineduc.cl/tramites-en-linea. El plazo para este trámite en línea es hasta el 31 de agosto. 

Es importante recordar que el proceso de postulación para la Admisión Escolar 2023 estará disponible entre el 10 de agosto y el 7 de septiembre.

‘’La plataforma de Admisión Escolar permite desde ya acceder a información sobre los establecimientos educacionales públicos o particulares subvencionados a los cuales podrán postular las familias desde el 10 de agosto. Hacemos una invitación a conocer la página e informarse sobre el proceso y sus fechas importantes, y mirar en línea las escuelas y/o liceos a los que desean postular a sus hijas e hijos. Además, hacemos un llamado a las y los apoderados que acceden por primera vez a que realicen el registro anticipado previo al inicio del periodo de postulación’’, sostuvo el subsecretario de Educación, Nicolás Cataldo.

¿Cómo registrarse como apoderado por primera vez?

  1. Contar con RUN chileno.

En el caso del Identificador Provisorio del Apoderado (IPA) no requiere registrarse en la plataforma.

  1. Ingresar a https://www.sistemadeadmisionescolar.cl/
  2. Hacer clic en el botón ‘’Regístrate’’.
  3. Ir a ‘’REGISTRARME’’.
  4. Completar toda la información requerida y aceptar los términos y condiciones.

Información acerca de los establecimientos educacionales

Los apoderados podrán filtrar los establecimientos educacionales por región; comuna; nivel al que postula; nombre del establecimiento, entre otras características.

En el detalle de los establecimientos educacionales, podrán ver información acerca de:

  • Información institucional (director/a; dependencia, niveles de enseñanza; orientación religiosa; uniforme).
  • Galería fotográfica.
  • El proyecto educativo de la escuela o liceo.
  • Información de pago.
  • Datos y estadísticas de alumnos y docentes.
  • Programas, extracurriculares e infraestructura.
  • Ubicación y contactos.
  • Vacantes por nivel para el año escolar 2023.
  • Cantidad de postulantes por nivel del año anterior.
  • A través de las iconografías que están arriba de los establecimientos podrán saber si tiene copago; si es solo de mujeres; si es solo de hombres; si es mixto; si recibe la Subvención Escolar Preferencial (SEP); y si tiene el Programa de Integración Escolar (PIE).

En el botón ‘’Lista’’ estarán los establecimientos educacionales de acuerdo al filtro realizado, podrán conocer su dependencia (público o particular subvencionado); su matrícula (cantidad de estudiantes); número de estudiantes por curso; y su dirección. Al hacer clic en ‘’VER’’ podrán ver el detalle. También, en el botón ‘’Mapa’’ podrán ver la ubicación geográfica de las escuelas y/o liceos filtrados.

Familias extranjeras sin RUN chileno o sin vínculo

En caso de ser una familia extranjera que no tenga RUN chileno, antes de postular deberán obtener el Identificador Provisorio del Estudiante (IPE) y/o el Identificador Provisorio del Apoderado (IPA) en www.ayudamineduc.cl/tramites-en-linea y seguir los pasos que se indican.

Un tercer trámite disponible, para personas con RUN chileno que no estén vinculadas en el Registro Civil, es el registro de la vinculación consanguínea entre los integrantes de una familia (padres/hijos/hermanos) y/o las vinculaciones no consanguíneas (tutores legales/tutores simples). Lo anterior permite que familias chilenas o extranjeras, que cuenten con RUN chileno puedan posteriormente continuar con la postulación de uno o más estudiantes como sus apoderados.

Estos tres trámites en línea podrán realizarse hasta el 31 de agosto y hacerlos permitirá ser parte del proceso de postulación para la Admisión Escolar 2023.En caso de tener mayores dudas sobre IPE, IPA y la vinculación, visitar https://www.mineduc.cl/los-pasos-para-postulantes-sin-run-al-sistema-de-admision-escolar-2023/

 

  

¿Quiénes deben postular al proceso de Admisión Escolar 2023?

El estudiante que:

·       Ingresa por primera vez a un establecimiento público o particular subvencionado.

·       Quiere cambiarse de establecimiento.

·       Desea reingresar al sistema educativo.

·       Quien se encuentre en un establecimiento que no tiene continuidad en el siguiente nivel.