El SERNAC exigirá compensaciones y ajuste de prácticas a las tres empresas del retail más reclamadas por la demora e incumplimientos relacionados con las compras por internet durante la segunda etapa de esta pandemia.
Para ello, el organismo inició un Procedimiento Voluntario Colectivo con Falabella, Ripley y Paris, empresas que concentran el 53% de los reclamos totales relacionados con el retardo en la entrega respecto en el comercio electrónico, entre otros problemas.
El proceso busca investigar también otras prácticas detectadas como, por ejemplo, se ofrecerían compensaciones en forma de giftcard que después no se cumplirían, tienen “letra chica” o no serían eficaces; se realizarían cobros por cada despacho pese a ser una única compra; y dificultades para acceder los canales de atención en caso de problemas.
Desde marzo hasta junio de este año, el SERNAC recibió cerca de 72 mil reclamos relacionados con retardo en la entrega de los productos en el comercio electrónico, siendo el mercado que encabeza el ranking general. En algunos casos, se han producido demoras de hasta dos meses sin que se le entregue explicación ni compensación al consumidor, ni se le devuelva lo pagado.
De este total, y sin considerar número de transacciones, Falabella concentró el 31% (22.312 reclamos); seguida de Ripley, con un 14,5% de los casos (10.434 reclamos); luego Paris, con un 7% (5.149 reclamos).
Respecto a las empresas que tienen menos porcentaje, el Servicio analizará su comportamiento y estándar de respuesta para evaluar las acciones a seguir, por lo que no se descarta iniciar otras gestiones.
Los tres retailers concentraron 53% de los reclamos ingresados entre marzo y julio, que se traducen en un aumento de 539% versus el mismo período del año pasado. Esta cifra es seis veces superior al mismo período de 2019. La empresa Falabella tuvo el mayor crecimiento respecto al total de sus reclamos respecto al mismo período de 2019, con un aumento de 556%.
El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que “es entendible que las empresas tuvieran problemas por el aumento de la demanda en el contexto de la pandemia, pero han pasado casi 5 meses donde lo esperable es que hayan ajustado sus procesos y ofrezcan plazos que sí puedan cumplir. Lo que hemos visto es que las empresas ofrecen plazos que después no cumplen generando frustración en los consumidores, sobre todo porque están comprando productos de primera necesidad para el teletrabajo o el estudio a distancia de los escolares”, indicó la autoridad.
Del Villar agregó que espera que las empresas vean este proceso como una oportunidad de ajustar sus prácticas para que los consumidores sigan prefiriendo esta modalidad de compra y puedan fidelizar y construir confianzas. “En una reciente encuesta del SERNAC, cerca de 50% de los consumidores señalaron que no les importa tanto la demora, como sí que las empresas cumplan el plazo que informan, por tanto, deben entregar información veraz y oportuna y compensar a los consumidores cuando no pueden cumplir”.
El Director agregó que, en el caso de las compras por internet, las empresas establecen alternativas de fechas de despacho y los consumidores seleccionan su preferencia. Por ende, lo esperable es que, si una empresa propone una fecha determinada, tenga la capacidad para cumplir, pues en caso contrario, además de no respetar el compromiso asumido con el consumidor, podría incurrir en conductas de competencia desleal respecto de otros proveedores que ofrecen plazos más extensos pero que sí están en condiciones de satisfacer.
El proceso establecerá criterios claros de compensación, como considerar a todos los afectados, ser proporcionales al daño, por ejemplo, incluyendo un monto por cada día de atraso, además que las empresas aseguren la mejora en sus procesos y eliminación de malas prácticas.
Si las empresas no entregan la información necesaria, o las compensaciones ofrecidas no cumplen las exigencias, el SERNAC presentará demandas colectivas.
Qué dicen los consumidores respecto al comercio electrónico 39% dice que aumentó las compras online tras la pandemia. Sólo un 6% señala que no seguirá comprando online al abrirse el comercio presencial. Categoría que más compraElectrónica (55%) Vestuario (54%)Alimentación (54%) Un 89% ha tenido dificultades en la compra online 55% dice haber tenido problemas en el retraso en la entrega de los productos A un 44% de las personas no le importa que un despacho se demore, siempre que le den una fecha y se cumpla.
Desde el 1 al 31 de agosto se puede solicitar el Bono para la Clase Media que busca apoyar a este segmento de la población frente a los efectos derivados de la emergencia sanitaria.
Trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales, con ingresos formales promedios mensuales durante 2019 iguales o mayores a $400.000 y menores o iguales a $2 millones, que hayan registrado una disminución de al menos un 30% en sus ingresos formales en julio de 2020, podrán acceder al bono de hasta $500.000.
Dependiendo del ingreso que registre el trabajador en el año 2019, podrá acceder al siguiente monto de aporte fiscal:
Monto del Bono
Promedio Mensual (PM) de Ingresos
Desde
Hasta
0
0
399.999
500.000
400.000
1.500.000
400.000
1.500.001
1.600.000
300.000
1.600.001
1.700.000
200.000
1.700.001
1.800.000
100.000
1.800.001
2.000.000
0
2.000.001
Y más
CÓMO SOLICITAR EL BONO
Si un trabajador cumple con los requisitos, puede solicitar este beneficio 100% en línea a través dewww.sii.cl, sin necesidad de adjuntar ningún documento. Para esto:
1.El contribuyente debe ingresar asii.cl con su RUT y clave tributaria o clave única.
2.Antes de acceder al beneficio, debe registrar y/o actualizar su domicilio y correo electrónico en el mismo sitio sii.cl.
3. El sistema indica en línea el cálculo y el monto del beneficio, al que se puede acceder.
4. El bono será depositado en su cuenta bancaria personal. En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información, será pagado por caja, en BancoEstado.
5.El depósito del dinero lo realizará la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
6.Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, la Tesorería General de la República descontará hasta un 50% del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.
Esta medida reduce el costo de consumir electricidad en ciertos horarios y permite a las empresas reacomodar de mejor manera los turnos de operación a las restricciones generadas por la contingencia.
El Ministro de Energía, Juan Carlos Jobet, anunció que se eliminó en agosto y septiembre la medición de horario de punta y se suspendió el recargo por energía adicional de invierno.
“Esta medida tiene un triple beneficio porque: fomenta la actividad económica, protege el empleo y cuida el presupuesto familiar”, explicó el ministro Jobet.
“A nivel de las Pymes, comercio e industrias, permite compatibilizar mejor los turnos de trabajo con las restricciones de las cuarentas, toques de queda y resguardos sanitarios, lo que ayudará a dar un impulso a la economía en tiempos de crisis”, explicó el ministro Jobet.
A nivel de los hogares, permite evitar que el aumento excepcional del consumo generado en la pandemia sufra un recargo que impacte la cuenta eléctrica por “límite de invierno”. “Las personas están pasando más tiempo en sus casas, por lo que es esperable que consuman más energía; esta medida es un alivio a los presupuestos familiares en tiempos difíciles”, dijo Jobet.
“Desde el inicio de la crisis del Covid nuestro foco ha sido ayudar a comercios, industrias y familias a enfrentar sus consecuencias económicas. En marzo, anunciamos que a nadie se le va a cortar la luz ni ningún otro servicio básico; en abril y mayo eliminamos el horario punta y el límite de invierno. Y ahora estamos ampliando este beneficio para agosto y septiembre, lo que va directamente a apoyar la reactivación económica y el bolsillo familiar”, explicó el ministro Jobet.
El ministro agregó que “estamos permanentemente buscando soluciones para apoyar a la reactivación económica y a las familias”.
Qué son las “horas punta”
Las “Horas Punta” son aquellas en las que el sistema eléctrico presenta sus mayores niveles de consumo. Históricamente estas han correspondido al período comprendido entre las 18 a 22 horas, entre abril y septiembre.
El control de demanda en horas de punta entrega una señal de precio en períodos de mayor exigencia del sistema, para que los clientes racionalicen su consumo eléctrico. La importante caída que ha tenido la demanda eléctrica genera la holgura necesaria para liberar esta medición de forma excepcional.
Desde este jueves 30 de julio, comienza el proceso de solicitud de retiro de los fondos previsionales de las AFP. En una primera etapa será solo a través de internet.
Para ello, las AFP dispondrán un formulario para que las personas llenen sus datos y accedan al retiro.
3. El sistema te preguntará si quieres solicitar el retiro máximo o un monto inferior.
Retiro máximo: Si deseas retirar el 10% de tus ahorros, es decir, el máximo permitido por ley.
Monto Inferior: Si deseas retirar menos que el máximo permitido. En este caso debes elegir que porcentaje del ahorro previsional se quiere retirar.
Recuerda que el mínimo a retirar es de 35 UF (cerca de $1 millón) y el máximo 150 UF (unos $4.3 millones). Esto quiere decir que:
- Si tienes ahorrado hasta $1 millón, puedes sacar el total de los fondos.
-Si tienes ahorrado entre $1 millón y $10 millones, puedes sacar $1 millón
-Si tienes ahorrado entre $10 millones y $43 millones, puedes retirar un mínimo de $1 millón y un máximo del 10%
-Si tienes ahorrado más de $43 millones, lo máximo que puedes retirar son $4.3 millones
4. Debes indicar tus datos personales: RUT, número de serie o documento que aparece en tu carnet, Email y número de celular.
5. Selecciona la modalidad en la que quieres recibir el pago, la cual puede ser a través de la cuenta RUT, cuenta de otro banco, transferencia a cuenta de ahorro voluntario u otras opciones de retiro como por Servipag o Vale Vista.
6. Revisa en detalle el resumen de la solicitud, si estás de acuerdo acepta las condiciones y envía tu solicitud.
7. En alguno de los ítems deberás declarar si eres deudor de alimento o no.
8. En un plazo de 4 días hábiles se informará si se rechaza o acepta la solicitud, y en un plazo máximo de 10 días hábiles se realizará el pago.
LO QUE DEBES SABER
¿Quiénes pueden solicitar el retiro de su 10%?
Todas las personas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual pueden acceder al retiro. Esto incluye a los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia.
Además, este es un retiro universal, es decir, que todos los afiliados en las AFP, sin exclusión, pueden optar a esta alternativa. Esto considera a los trabajadores, tanto del sector público como del privado y tanto a los chilenos como extranjeros.
¿Hasta cuándo se puede solicitar el retiro del 10%?
El plazo para realizar la solicitud de retiro es de 365 días desde el 30 de julio de 2020, desde las 9:00 horas. Es decir, si un afiliado no necesita hacer el retiro de forma inmediata, tendrá plazo de un año para hacerlo.
¿Se necesita la clave de AFP para realizar el proceso de retiro?
No. El proceso online de solicitud de retiro no requiere clave para realizarlo.
¿Qué necesito tener para hacer la solicitud de retiro de fondos?
Para realizar la solicitud, se requiere solo el RUT, el número de serie del documento de identidad y conocer la AFP en que está afiliado. Los trabajadores extranjeros que no tengan su RUT definitivo podrán solicitar el retiro con el NIC (Número Identificatorio para Cotización) junto a su clave de AFP.
¿Qué pasa en el caso de que un afiliado retire su 10% y tenga deuda de pensión alimenticia?
Los afiliados que retiren el 10% de su ahorro previsional y tengan deuda de pensión alimenticia deberán informarlo en la solicitud de retiro. Las Administradoras que reciban la liquidación de deuda por pensión alimenticia y su respectiva sentencia, retendrán automaticamente el monto adeudado y se traspasará a la parte demandante. De existir diferencias, deberá pagarlas directamente el afiliado y si el afiliado no solicita el retiro de sus fondos la parte demandante no recibirá el pago de la deuda.
La parte demandante puede revisar en la página web del Poder Judicial, www.pjud.cl(sección Consulta Unificada de Causas y luego, Causas de Familia) con el número de la causa, el monto total adeudado.
Por ejemplo, si un afiliado solicita $1.000.000 de sus ahorros previsionales y tiene una deuda de $100.000 por pensión alimenticia, el afiliado recibirá $900.000 y su demandante los $100.000 adeudados.
El Poder Judicial dispuso este martes 28 de julio una sección en línea para que la ciudadanía pueda pedir en forma simple y rápida la retención del 10% de los fondos de las AFP de aquellas personas que tienen deudas de pensiones alimenticias.
Este trámite, que se ha visto incrementado en su ingreso de manera muy voluminosa en los últimos días, se puede realizar ingresando al sitio web tramitefacil.pjud.cl. Ahí encontrarán un botón que dice RETENCIÓN JUDICIAL EL RETIRO DEL 10% DE LAS AFP. Al pinchar se despliega un formulario con los datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.
Es importante recordar que para todos los trámites en causas judiciales se requiere contar con Clave Única.
Ingresado ese formulario web, al tribunal comenzará la tramitación de esta solicitud que implica como primera resolución la cautela de los fondos del demandado hasta que el tribunal genere la liquidación y la solicitud completa.
Como se sabe, este trámite solo tiene efectos si el demandado solicita el retiro del 10 % de sus fondos previsionales.
La vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, explicó que "el Poder Judicial está trabajando en esta y en muchas otras mejoras para atender esta demanda de los usuarios de manera pronta y oportuna. Se trata de evitar que la gente concurra presencialmente a los tribunales de Familia. Eso no es necesario, ya que se puede hacer la solicitud por vía remota, on line y con un mecanismo fácil y sencillo".
Este 28 de julio comenzó un nuevo pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
Según el calendario fijado, en esta fecha se realizará el tercer pago para beneficiarios automáticos y el segundo pago para los postulantes IFE 2.0 y pagos rezagados.
En agosto se considerará el equivalente al 80%, el que se podrá incrementar al 100% si las condiciones sanitarias así lo ameritan, pero la situación se evaluará mes a mes.